07 abril 2019

Resolución de adjudicación del concurso para el aprovechamiento de la central hidroeléctrica de Lugán


RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN DEL CONCURSO PARA EL APROVECHAMIENTO DE LA CENTRAL HIDROÉLÉCTRICA DE LUGÁN SITUADA EN EL RÍO PORMA EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE VEGAQUEMADA. 

ANTECEDENTES 1.- Situación actual del aprovechamiento. Una vez declarada con fecha de 20 de agosto de 2012 la extinción de la concesión LE-7-5 “Central de Lugán”, para el aprovechamiento privativo de las aguas del río Porma, en el término municipal de Vegaquemada (León) del que era titular Iberdrola Renovables, S.A. (ahora Iberdrola Renovables Energía, S.A.), con destino a usos industriales para producción de energía eléctrica; con fecha 5 de noviembre de 2015 se realizó el levantamiento del “Acta de Reversión de la Central Hidroeléctrica de Lugán”, en la que se procedía a realizar la descripción y formalizar la entrega de las infraestructuras, instalaciones y terrenos afectos al aprovechamiento hidroeléctrico, a favor del Estado. Actualmente, la Central Hidroeléctrica de Lugán no se encuentra en explotación, manteniendo sus instalaciones en un estado de conservación adecuado para su puesta en marcha. En este sentido, la presidencia de la Confederación Hidrográfica del Duero, con fecha 24 de Julio de 2017, acordó que para continuar la explotación del aprovechamiento hidroeléctrico, se redactase el pliego de bases al que debía sujetarse el concurso público, para la elección mediante ofertas, de un nuevo concesionario.
 2.- Concurso. El anuncio del concurso para el aprovechamiento hidroeléctrico de la central de Lugán, en el río Porma, en término municipal de Vegaquemada (León), fue publicado en el BOE de 21 de julio de 2018, estableciendo un plazo de tres meses para la presentación de ofertas por parte de las empresas interesadas, que concluyó el día 22 de octubre de 2018 a las 14:00 horas. En este anunció se establecía así mismo, las fechas de apertura por la Comisión de Valoración del sobre “A”, para el 13 de noviembre de 2018 y de los sobres “B” y “C”, para el 27 de noviembre de 2018. Se han presentado ofertas por parte de ocho empresas:  
COTERRAM, S.L. 
OMMHSA 
CASTRICUM RENOVABLES, S.L.U. 
EDP ESPAÑA, S.A.U.
TALLERES ELECTROMECÁNICOS MONGE ENERGÍA, S.L. 
PRODUCCIONES HIDROELÉCTRICAS, S.L. 
IPSILÓN GREEN POWER, S.A. 
T.O.C. INGENIERIA, S.L. 

....
RESOLUCIÓN:
Considerando que el concurso para el aprovechamiento de las aguas del río Porma para la Central de Lugán, en el término municipal de Vegaquemada (León), se ha desarrollado de acuerdo con las bases incluidas en el Pliego de Bases establecido para este concurso; vista la propuesta realizada por la Comisión de Valoración, reflejada en el acta de la reunión de fecha 21 de diciembre de 2018, en la que eleva propuesta de adjudicación a la empresa que mayor puntuación ha obtenido, y una vez inadmitidos, tal como se expone en el apartado anterior, los recursos de alzada interpuestos por las empresas Castricum Renovables, S.L.U., Coterram .S.L., esta Presidencia resuelve: 
PRIMERO. ADJUDICAR el concurso para el aprovechamiento de las aguas del río Porma en la Central de Lugán, en el término municipal de Vegaquemada (León), a la empresa OMMSA (Operación y Mantenimiento de Minicentrales Hidráulicas, S.A.), cuyo anteproyecto en consecuencia se considera elegido, de acuerdo con los extremos presentados en su oferta y con las siguientes condiciones:
 1. El canon anual de producción se calculará a partir de los valores “F=25.500,00 euros” y “C=8,25 euros/MWh” ofertados según lo dispuesto en la base 7.5 del Pliego de Bases del concurso, y se liquidará y abonará conforme a lo dispuesto en dicha base.
 2. El plazo de la concesión que se otorgue será de diecisiete (17) años.
 3. El adjudicatario queda obligado a cumplir todas las prescripciones contenidas en el Pliego de Bases del presente concurso, así como todas las actuaciones previstas en dicho Pliego y todas las obras de mejora ofertadas.
 4. El adjudicatario deberá presentar en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente a la fecha de recepción de la resolución, solicitud de otorgamiento de la concesión en los términos establecidos en su oferta acompañada de: a) El proyecto de construcción de las obras e instalaciones definitivas, desarrollado de acuerdo con el anteproyecto aprobado. b) Documentación justificativa de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. c) Documentación acreditativa de que dispone de los medios materiales y personales que específicamente deba adscribir a la explotación de la concesión de acuerdo con la oferta realizada.
SEGUNDO. AUTORIZAR, una vez devenga firme la resolución de adjudicación, la devolución de la garantía provisional constituida según lo dispuesto en la base 6ª del Pliego de Bases a los participantes que no han resultado adjudicatarios: COTERRAM, S.L., CASTRICUM RENOVABLES, S.L.U., EDP ESPAÑA, S.A.U., TALLERES ELECTROMECÁNICOS MONGE ENERGÍA, S.L., PRODUCCIONES HIDROELÉCTRICAS, S.L., IPSILÓN GREEN POWER, S.A. y T.O.C. INGENIERIA, S.L. Notifíquese la presente resolución a los interesados, advirtiéndoles que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.2 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, esta Resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella puede interponer Recurso Contencioso Administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (sede de Valladolid), en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la recepción de la presente, pudiendo si lo desea entablar previamente Recurso de Reposición ante esta Confederación en el plazo de un mes contado a partir de la misma fecha, en los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (B.O.E. núm. 236, de 2 de octubre de 2015).  

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