Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Confederación Hidrográfica del Duero . Comisaría de Aguas
Por resolución de fecha 6 de noviembre de 2015 la confederación Hidrográfica del Duero, de
conformidad con lo establecido en el artículo 165 bis del Reglamento del Dominio Público Hidráulico,
y en virtud de la competencia atribuida en el artículo 24.a) del Texto Refundido de la Ley de aguas,
aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, ha acordado la conveniencia de la
continuidad del aprovechamiento hidroeléctrico de Lugán, que se realiza con las aguas del río
Porma, en término municipal de vegaquemada (León), que explotará dicha confederación, así
como cuantos trámites resulten necesarios para la efectiva puesta en marcha del aprovechamiento,
incluida la iniciación de la tramitación de la correspondiente autorización especial, de acuerdo con
lo establecido en el artículo 59.5 del citado Texto Refundido, incoándose el expediente de referencia
c-1121/2015-LE.
INFORMACIÓN PÚBLICA.
Antecedentes. Por resolución de 20 de agosto de 2012, esta confederación Hidrográfica del Duero declaró
extinguida la concesión LE-7-5 para el aprovechamiento privativo de las aguas del río Porma, en
el término municipal de Vegaquemada (León) del que era titular Iberdrola Renovables SA (ahora
Iberdrola Renovables Energía SA), con destino a usos industriales para producción de energía
eléctrica (central de Lugán). De acuerdo con lo previsto en la concesión han revertido gratuitamente
al Estado y libre de cargas todos los elementos que constituyen el aprovechamiento, desde las
obras de embalse, derivación o toma hasta el desagüe en el cauce público, reversión que ha sido
formalizada con fecha 5 de noviembre de 2015.
II. Expediente c-1121/2015-LE.
Se pretende el aprovechamiento de un caudal de 5.000 I/s de aguas del río Porma, en término
municipal de Vegaquemada (León), con destino a usos industriales para la producción de energía
eléctrica, en la denominada central de Lugán, en la que están instalados dos grupos de generación
de energía de 576 kW y 270 kW respectivamente.
Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 109 del Reglamento del
Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril de 1986, a fin de
que en el plazo de un (1) mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio
en el BoLETíN oFIcIaL DE La PRovINcIa DE LEóN, puedan presentar reclamaciones los que se consideren
perjudicados en el ayuntamiento de Vegaquemada (León), en la oficina de la confederación
Hidrográfica del Duero de Salamanca sita en avenida de Italia, 1, 7ª planta (tel: 923 257 711),
donde puede consultarse el expediente de referencia c-1121/2015-LE, o ante el registro de cualquier
órgano administrativo y demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de Régimen
Jurídico de las administraciones Públicas y del Procedimiento administrativo común.
Salamanca, 9 de noviembre de 2015.—El Jefe de Servicio de control y vigilancia del Dominio
Público Hidráulico, José maría Rubio Polo.
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